La reforma a la Ley Aduanera rige desde el 1 de enero de 2027
El decreto quita el umbral de 50 % para embargar mercancía subvaluada y fija multas de 50 a 100 % a hidrocarburos. Aduanas debe emitir sus reglas en diciembre.
La Ley Aduanera cambia a partir del 1 de enero de 2027. El decreto que la reforma salió en el Diario Oficial de la Federación el viernes 23 de octubre, expedido por la presidenta Claudia Sheinbaum, diez días después de que el Senado aprobó el texto.
El cambio de fondo está en la subvaluación: pagar menos impuestos al declarar la importación, en el pedimento, con un valor menor al que la mercancía tiene. Hasta ahora, el embargo por ese motivo exigía una diferencia de 50 % o más. Con la reforma basta con que el valor declarado sea inferior al de mercancías idénticas o similares.
El embargo es precautorio, y el importador puede pedir sustituirlo con una garantía.
Seis artículos cambian
| Artículo | Qué establece |
|---|---|
| 151, fracción VII | Embargo precautorio si el valor declarado es menor al de transacción de mercancías idénticas o similares |
| 154 | Con una diferencia menor a 20 %, 10 días hábiles desde la notificación para pedir el cambio del embargo por un depósito, en efectivo o en cuentas aduaneras de garantía; desde 20 %, solo en efectivo |
| 153 | La autoridad debe dictar resolución definitiva en cuatro meses como máximo desde que el expediente queda integrado; si no, las actuaciones quedan sin efectos |
| 177, fracción XII | Nueva infracción cuando el valor declarado queda 20 % o más por debajo del de transacción, en los regímenes donde las contribuciones pueden determinarse sin pago |
| 144, fracción XII | Las autoridades inician de oficio sus facultades de comprobación si el valor declarado es menor al de transacción |
| 185, fracciones I a III | Multa de 50 % a 100 % del valor comercial en hidrocarburos y petrolíferos |
Hidrocarburos y votación
Las multas a hidrocarburos tocan el terreno del huachicol fiscal, el contrabando de combustible mediante importaciones subvaluadas o con declaración falsa. La sanción va de la mitad al total del valor comercial de lo introducido.
En el Senado, el dictamen pasó en lo general con 66 votos a favor, 37 en contra y una abstención, y en lo particular con 66 a favor y 34 en contra. El senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara, que preside la Comisión de Estudios Legislativos Primera, defendió que "la soberanía también se ejerce en nuestras aduanas". La panista Imelda Sanmiguel Sánchez dijo que le preocupan "las pequeñas y medianas empresas", y la priista Carolina Viggiano Austria afirmó que "han demostrado ser incapaces de cerrar la puerta al contrabando".
Miguel Ángel Yunes Márquez, que preside la Comisión de Hacienda y Crédito Público, sostuvo en comisiones que la reforma no crea impuestos nuevos ni sube los existentes.
Qué sigue
Importadores, agentes aduanales y empresas que traen insumos podrían ver su mercancía embargada desde 2027 aunque la diferencia con el valor de referencia sea menor a 50 %, con la opción de recuperarla mediante garantía. El alcance real depende de las reglas que Aduanas tiene que publicar en el DOF antes de que termine 2026, el 31 de diciembre como límite: ahí se definirá qué mercancías y qué procedimiento entran en el nuevo embargo.



