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Un hombre con mochila roja camina hacia la entrada de un edificio de varios pisos con el letrero Instituto Nacional Electoral en la fachada.
Elecciones

El INE inhabilita tres meses a Bell-Krom por chamarras

La sanción responde a un contrato de 2024 para el personal de campo del INE. Desde el 3 de octubre, el sector público federal no puede contratar a la empresa.

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El Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional Electoral (INE) sancionó a la empresa Bell-Krom, S.A. de C.V., con una multa de 165 026.50 pesos y tres meses de inhabilitación para participar en contrataciones públicas. La circular INE/OIC/UAJ/DJPC/003/2026 apareció en el Diario Oficial de la Federación este 2 de octubre.

Según el DOF, la multa se calculó en 50 unidades de medida y actualización (UMA) diarias, con el valor que tenían el 2 de marzo de 2024. La medida entra en vigor el 3 de octubre y dura hasta que venza el plazo y se pague la multa.

La circular ordena a las dependencias federales, a la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, a los gobiernos estatales y municipales y a los órganos autónomos federales que se abstengan de aceptar propuestas o adjudicar contratos a la empresa, directamente o por interpósita persona. Los contratos ya formalizados no se ven afectados. El texto lo suscribe Lillian Morales Patiño, quien encabeza la unidad jurídica del OIC.

El contrato de 2024

El procedimiento INE/OIC/PSP/006/2024 concluyó el 21 de septiembre de 2026, de acuerdo con el DOF. Según El Heraldo de México, el contrato era por 25 302 chamarras de identificación, con un monto máximo de 18 317 668 pesos, para el personal que visitó a los ciudadanos sorteados, capacitó a los funcionarios de casilla y dio asistencia el día de la elección.

El mismo diario reportó que a la fecha límite, el 2 de marzo de 2024, solo se habían entregado 1 606 prendas, el 6.34 % del total. Otras 14 112 llegaron entre el 5 y el 26 de marzo, y 10 078 de ellas tenían defectos. El INE rescindió el contrato el 27 de marzo de 2024 y, según ese medio, compró prendas alternativas de forma directa. Estas cifras provienen de la resolución del OIC y no aparecen en el resumen de la circular.

Ni el INE ni Bell-Krom han emitido una postura pública sobre la sanción en las fuentes consultadas, y no se sabe si la empresa la impugnará.

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