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Sede del Instituto Nacional Electoral, en imagen de archivo.ProtoplasmaKid / Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0) · Imagen de archivo
Elecciones

Qué exige el INE a un spot de partido antes de transmitirlo

Treinta segundos exactos, subtítulos e identificación de la candidatura; el dictamen óptimo es un filtro técnico, no una aprobación del mensaje.

Un spot de partido no llega a la radio ni a la televisión sin pasar antes por una revisión técnica del INE. El instituto detalló este miércoles esos requisitos en cuatro láminas publicadas en su cuenta de X.

Las reglas salen del Acuerdo INE/ACRT/21/2026PDF, que el Comité de Radio y Televisión aprobó el 29 de septiembre y que ya está vigente. Se aplica al Proceso Electoral Federal 2026-2027, a los procesos locales que coinciden con él y al periodo ordinario de 2027, y obliga a quienes entregan materiales para su pauta: partidos, coaliciones, candidaturas independientes y autoridades electorales.

Cada spot debe durar 30 segundos exactos.

En radio el tiempo se cuenta desde que el audio supera -30 dBFS, así que los silencios del principio y del final no suman. En televisión va del primer al último cuadro de imagen activa, sin contar los negros. Ningún material admite entrada ni salida gradual: empieza y termina en corte directo.

Especificaciones técnicas del material
RequisitoRadioTelevisión
ArchivoWAV o AIFF estéreo, 48 kHz, 24 bitsDVCPRO HD 1080i60 en .mov
Nivel de audioPromedio entre -5 y -1 dBFS, sin llegar a 0Sonoridad de -24 LKFS (± 2)
Identificación de la candidaturaPor audioPor audio e imagen
Pizarra, barras, conteos o negrosNo aplicaNo se admiten
Fuente: Acuerdo INE/ACRT/21/2026

En televisión los subtítulos en español son obligatorios y deben coincidir con lo que se escucha. Los tramos de música, efectos o silencio de cuatro segundos o más también se indican con subtítulos. Todo material tiene que decir bajo qué figura contiende quien lo presenta: precandidatura, candidatura, coalición u otra forma de participación.

Segunda de las cuatro láminas del INE, con duración, subtítulos e identificación de la candidatura.INE · Central Electoral (@INEMexico en X)

Un mensaje en otra lengua, sea total o parcialmente, se registra con una traducción simple por escrito en español. El lenguaje debe ser incluyente, no sexista y no discriminatorio.

Sobre inteligencia artificial, la lámina del INE dice que al registrar el material se debe indicar si la hay. El acuerdo lo plantea de otro modo: recomienda una etiqueta de transparencia para el material cuyas voces, imágenes o escenas la IA haya alterado de forma significativa: dicha en voz alta en radio y, en televisión, un aviso o leyenda. Quedan fuera las herramientas que solo mejoran la calidad técnica del audio.

Cuando aparecen menores de edad, o una IA crea o altera su imagen, su voz o su representación, el acuerdo manda cumplir los lineamientos de protección de la niñez (INE/CG527/2026). El Sistema Electrónico del INE habilita una sección para adjuntar en PDF la documentación que lo acredite.

Tercera lámina del INE, con las reglas sobre lenguas, inteligencia artificial y niñez.INE · Central Electoral (@INEMexico en X)

Qué significa el dictamen óptimo

Todo material que un partido ingresa por el Sistema Electrónico recibe un dictamen técnico, y el óptimo lo habilita para transmitirse. La cuarta lámina aclara su alcance:

Este dictamen no equivale a una aprobación de su contenido. Quien lo presenta conserva la responsabilidad sobre el contenido, mensaje, información y documentación entregadas.

El acuerdo dice lo mismo desde otro ángulo: los partidos deciden qué dicen sus promocionales y ni el instituto ni otra autoridad puede someterlos a censura previaPDF, aunque responden después por lo que difundan.

Cuarta lámina del INE, sobre el alcance del dictamen óptimo.INE · Central Electoral (@INEMexico en X)

Un error de duración, o un cambio de más de tres segundos en un reingreso, obliga al partido a empezar de nuevo con otro folio. Las órdenes de transmisión y los materiales llegan a las emisoras al menos cinco días hábiles antes en periodo ordinario, y tres días antes de cada promocional desde el inicio de la precampaña hasta la Jornada Electoral.

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