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Esquina del edificio de piedra de la Suprema Corte, con un árbol al frente, vallas metálicas y peatones cruzando la plaza.
Justicia

La Corte discute el martes la reforma electoral de Chihuahua

El proyecto de la ministra Herrerías valida la nulidad de elecciones por delincuencia con requisitos estrictos; Campos pidió mantener la ley y Morena la impugnó.

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Este lunes, la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, le pidió a la Suprema Corte de Justicia (SCJN) mantener vigente la reforma electoral de su estado. La ley permite anular una elección si se acredita que el crimen organizado intervino en ella y busca impedir candidaturas de personas con vínculos delictivos. El Pleno verá el asunto el martes 29 de septiembre, según El Financiero.

El expediente junta cuatro acciones de inconstitucionalidad: la 96/2026 y las acumuladas 97, 99 y 103. Los tres decretos impugnados, publicados el 30 de junio de 2026, cambiaron la Constitución de Chihuahua, su Ley Electoral y su Código Municipal. Según el proyecto de sentencia de la SCJN, las promovieron legisladoras y legisladores de la LXVIII Legislatura local, Morena y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos. Sara Irene Herrerías Guerra, ministra de la Corte, es la ponente.

Morena votó en contra de la reforma en el Congreso local y, según Ultranoticias, sostiene en su demanda que los señalamientos no bastan para acreditar vínculos con grupos criminales y que la expresión "con incidencia en el proceso electoral" no precisa qué grado de intervención justificaría anular una elección.

Campos resumió su postura, según El Universal, con la frase "Chihuahua dijo: aquí no". Afirmó que el estado hizo lo que ningún otro se había atrevido a hacer.

Lo que el Pleno tiene enfrente es la propuesta de la ponente, no una sentencia: puede modificarla o rechazarla en la sesión. El proyecto plantea:

  • Validar la nulidad prevista en la Ley Electoral local (artículo 384, numeral 1, inciso d), siempre que la irregularidad sea grave, dolosa y determinante, y que exista un vínculo causal directo con el resultado.
  • Anular, en la Constitución local, el párrafo 4 del artículo 37 y porciones de los artículos 3 y 93; en la Ley Electoral, parte del 260 y la fracción IV del inciso c) del 268, además de la cuota conjunta del 2 % que agrupa a personas con discapacidad y a la diversidad sexual.
  • Declarar fundada una omisión del Congreso local, que no ajustó sus nulidades a la causa de injerencia extranjera del artículo 41 constitucional; tendría que corregirla antes de que comience el proceso electoral 2026-2027.
  • Validar que el umbral para la tercera ronda de asignación de diputaciones de representación proporcional baje de 10 % a 9 %.

El proyecto recuerda que la Sala Superior del Tribunal Electoral consideró constitucional la causal local de nulidad por delincuencia, pero advirtió que la determinancia no puede operar de forma automática solo porque resulte electa la persona beneficiada.

Si el Pleno adopta el sentido del proyecto, los partidos y las autoridades electorales de Chihuahua tendrán que ajustar las reglas de sanción y de acciones afirmativas que se invalidan. Hasta la sesión del martes no hay un sentido de votación conocido ni una hora confirmada para el asunto.

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