
El Senado aprueba multas por llamadas comerciales no autorizadas
La reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor fija sanciones de 56 570 a 2 345 728 pesos y pasa a la Cámara de Diputados.
El Pleno del Senado aprobó este miércoles una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que prohíbe y sanciona las llamadas y los mensajes comerciales o publicitarios que el consumidor no autorizó. Según el comunicado de Comunicación Social del Senado, el decreto obtuvo 96 votos a favor.
El comunicado no reporta votos en contra y describe la aprobación como unánime. No incluye el desglose de abstenciones ni el nombre de quien presentó la iniciativa.
La reforma agrega el artículo 18 Bis. Con él, un proveedor ya no podría buscar una y otra vez a un consumidor, para venderle o anunciarle algo, por teléfono o por otra vía que el consumidor no haya autorizado. También modifica el artículo 127, el de las sanciones: según el Senado, las multas irían de 56 570 a 2 345 728 pesos.
El dictamen parte de una premisa distinta a la de un registro para no recibir llamadas. De acuerdo con el comunicado, sostiene que el problema no es la falta de ese padrón, sino que las sanciones no son efectivas, y por eso sube la multa mínima.
La senadora María del Rocío Corona Nakamura, del PVEM, dijo que las empresas "ya no podrán hacerlo sin nuestro consentimiento", y que eso incluye mensajes y correos. La senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, del PAN, participó a favor del dictamen.
Durante el debate se mencionó que México figura entre cinco países con más llamadas no deseadas, a razón de 20 a 25 contactos de spam mensuales por usuario. El comunicado no indica de dónde sale esa estadística, así que no se pudo contrastar.
Hay un antecedente. En octubre de 2019 el Senado aprobó cambios a la misma ley para regular las llamadas publicitarias, con un registro público a cargo de la Profeco, según Expansión Política. Este reporte no pudo comparar el nuevo esquema de multas con el texto vigente.
La minuta pasa ahora a la Cámara de Diputados, que la revisará como cámara revisora. Queda pendiente su fecha de discusión y si el texto del artículo 18 Bis se mantiene sin cambios.


