
Arancel de 10 % a partes de autos queda exento por cinco años
El decreto del DOF beneficia solo a armadoras con depósito fiscal que cumplan lineamientos de la Secretaría de Economía, aún sin publicar.
Un decreto publicado el 13 de octubre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) exenta del arancel de importación a las partes y componentes para ensamblar automóviles. Están en la fracción 9803.00.01 de la tarifa de impuestos generales de importación y exportación, la lista que fija el arancel de cada producto. Hasta ahora esa fracción pagaba 10 % sobre el valor de la mercancía.
La exención rige desde el 14 de octubre de 2026, un día después de su publicación, y dura cinco años.
El beneficio no es general. El decreto lo reserva a las armadoras de la industria automotriz terminal que cuenten con autorización de depósito fiscal para ensamblar y fabricar vehículos, según la Ley Aduanera. Además deben cumplir los lineamientos que fije la Secretaría de Economía. El decreto no extiende la exención a otras compañías.
El texto sostiene que la medida busca abaratar el arranque de proyectos nuevos: permitirá "reducir los costos" de ponerlos en marcha y operarlos.
El decreto está fechado el 9 de octubre y lo firman la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el secretario de Hacienda, Édgar Abraham Amador Zamora, y el de Economía, Marcelo Ebrard Casaubon. Cita como fundamento el artículo 131 de la Constitución y la Ley de Comercio Exterior, y cuenta con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior.
Los lineamientos de Economía, que definen qué armadoras califican, no aparecen en la edición del 13 de octubre del DOF. Hasta que se publiquen, no se sabe qué empresas podrán usar la exención.



