Economía impone cuota definitiva de 0.3918 dólares al PVC de EU
Queda por debajo de los 0.6315 dólares por kilo de la cuota provisional de marzo y rige para las importaciones desde este 29 de octubre.
La Secretaría de Economía fijó una cuota compensatoria definitiva de 0.3918 dólares por kilogramo al PVC en suspensión, una resina de uso industrial, con la resolución final del DOF que cierra la investigación antidumping sobre el producto originario de Estados Unidos. Una cuota compensatoria es el cobro que compensa que una mercancía entre al país a un precio por debajo de su valor normal.
Entra en vigor el 29 de octubre y la cobra Hacienda en todo el territorio nacional, en pesos, al equivalente del dólar por kilo. Se paga sobre lo que entra con la clave 3904.10.03 de la tarifa de importación, la TIGIE, o con cualquier otra. El arancel general de esa clave es de 3 %.
La cifra final queda por debajo de la provisional de 0.6315 dólares por kilo que Economía impuso en marzo y cuya vigencia amplió a seis meses. La dependencia calculó márgenes de discriminación de precios más altos que la cuota definitiva y concluyó que 0.3918 basta para eliminar el daño a la producción nacional.
| Concepto | Dólares por kilogramo |
|---|---|
| Cuota provisional (marzo de 2026) | 0.6315 |
| Cuota definitiva | 0.3918 |
| Margen calculado, Oxy Vinyls y demás exportadoras de EU | 0.72 |
| Margen calculado, Westlake | 0.59 |
Estados Unidos fue el origen de 98.1 % de las importaciones mexicanas de este producto entre octubre de 2023 y septiembre de 2024, el periodo investigado. En los tres años de análisis, hasta septiembre de 2024, las importaciones investigadas crecieron 14 % y su precio bajó 49 %. El precio de venta interno de la industria nacional cayó 50 %.
La investigación arrancó con la solicitud de Mexichem Resinas Vinílicas, que la presentó el 10 de diciembre de 2024. Economía la abrió el 28 de abril de 2025. En el camino rechazó el compromiso de precios que propuso Westlake. La resolución lleva la firma del secretario Marcelo Ebrard.
La resolución ordena cancelar las garantías que se constituyeron por la cuota provisional y devolver, con intereses, lo que se haya pagado de más frente a los 0.3918 dólares definitivos.



