Diputados envían al Ejecutivo la reforma contra la piratería
Con 281 votos en lo particular y sin cambios al texto del Senado, la reforma penal espera ahora su promulgación y su publicación en el DOF.
La Cámara de Diputados envió al Ejecutivo la reforma que endurece las penas por piratería y falsificación. En lo particular, la aprobó el miércoles por la noche con 281 votos a favor y 87 en contra, sin abstenciones, según el boletín de la Cámara.
Ninguna propuesta de modificación prosperó. Las de Morena, PAN, PT, PRI y MC se retiraron, se mandaron al Diario de los Debates o se desecharon por no admitirse a discusión. Según El Universal, fueron 177 reservas de 88 diputados, y Morena, PT y PVEM votaron a favor mientras PAN, PRI y MC lo hicieron en contra.
El texto quedó igual al que el Senado aprobó el 30 de septiembre por 72 votos a 34, por eso no regresa a esa cámara. La propuesta original es de la presidenta Claudia Sheinbaum.
El punto en disputa sigue siendo el artículo 403 Bis de la ley de propiedad industrial. Castiga a quien imite, a escala comercial, la identidad gráfica, los dominios o los documentos de una institución pública para inducir al error con la intención de cometer un ilícito. La oposición sostiene que no deja a salvo de forma expresa la sátira ni la parodia. Una de las reservas rechazadas pedía justo eso: que las sanciones no alcanzaran el uso periodístico, el educativo, el artístico, el humorístico ni la parodia, la sátira, la crítica o la opinión. Morena y sus aliados responden que el artículo apunta a la suplantación de instituciones con fines de engaño.
Qué castiga la reforma
| Conducta | Prisión | Multa |
|---|---|---|
| Filtrar o repartir una obra, un disco, un video o un libro antes de su estreno oficial | 4 a 10 años | 2 000 a 20 000 días multa |
| Suprimir o alterar, a escala comercial, la información sobre gestión de derechos | 3 a 7 años | 1 000 a 10 000 días multa |
| Imitar la identidad de una institución pública para engañar (403 Bis) | Hasta 5 años | 1 000 a 10 000 UMA |
En lugar de exigir ánimo de lucro, el texto mide la escala comercial, con un umbral de 170 UMA que se puede alcanzar sumando envíos vinculados en hasta 90 días naturales. A quien resulte perjudicado le corresponderá una indemnización mínima de 40 % de lo que cuesta al público cada producto o servicio legítimo, y podrá optar por una suma de entre 340 y 50 000 UMA.
Nada de esto rige todavía. La reforma entra en vigor cuando el Ejecutivo la promulgue y se publique en el Diario Oficial de la Federación, y todavía no hay fecha.


