Comisiones del Senado avalan la reforma al ISR sin cambios
El dictamen deja intacto el decreto de Diputados, con tope a las deducciones de empresas grandes y RESICO hasta 5 millones. Falta el pleno.
En el Senado, las comisiones de Hacienda y de Estudios Legislativos, Primera, aprobaron este miércoles el dictamen de la reforma al ISR en sentido positivo: el Senado avala el decreto de la Cámara de Diputados sin modificarle nada. Sumando las dos comisiones, hubo 18 votos a favor y 11 en contra.
La minuta llegó al Senado el 14 de octubre y se votó en la misma reunión que los dictámenes de la Ley de Ingresos 2027 y la Ley Federal de Derechos. Hacienda la aprobó por 10 votos a 5 y Estudios Legislativos por 8 a 6, sin abstenciones.
El dictamen es de primera lectura y el pleno aún debe votarlo. Se prevé que lo discuta la semana próxima, aunque la Gaceta no fija fecha. Si el texto llega intacto, no regresa a Diputados y pasa al Ejecutivo para su publicación en el DOF.
Qué fija el decreto
Es la misma reforma que Diputados aprobó a mediados de octubre. Entraría en vigor el 1 de enero de 2027 y toca a empresas grandes y a contribuyentes pequeños.
| Tema | Qué fija el dictamen |
|---|---|
| RESICO, personas físicas | Tope de 5 millones de pesos de ingresos al año, y no de 3.5 millones; puede volver quien salió por incumplir si se pone al corriente |
| Sector primario | Monto exento de 1 millón de pesos, y no de 900 000 |
| RESICO, personas morales | Límite de 50 millones de pesos, y no de 35; el régimen pasa a ser opcional |
| Deducciones de empresas grandes | Con ingresos de más de 50 millones: si deducen hasta 96.67 % de sus ingresos, el límite es 99 % de sus deducciones; si lo rebasan, es 96.67 % de los ingresos |
| Deducciones no aplicadas | Se restan en los veinte ejercicios siguientes, actualizadas por inflación |
| Pérdidas fiscales | Solo se resta hasta 50 % de la utilidad del ejercicio |
| Intereses entre partes relacionadas | El límite baja de 30 % a 20 % |
| Grupos de sociedades | Se deroga el régimen opcional que permitía diferir el impuesto |
Para las empresas que sí entran en el tope, los pagos provisionales de 2027 subirían: el coeficiente de utilidad se multiplica por 1.0658 si sus deducciones no pasan de 96.67 % de los ingresos y por 2.6162 si lo rebasan. Quedan fuera, entre otros, los coordinados, las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras, las empresas en quiebra y las que llevan menos de cinco ejercicios en el RFC. El decreto también pasa a la ley los estímulos de cinco decretos del Ejecutivo, entre ellos los de los Polos de Desarrollo del Istmo y el Plan México, con deducción inmediata para bienes comprados entre 2027 y el 30 de septiembre de 2030.
Para defender el tope, la exposición de motivos dice que el fisco halló compañías con más de 50 millones de ingresos cuyo impuesto se reduce o desaparece por deducciones y pérdidas de años previos.
El senador de Morena Manuel Huerta sostuvo que la reforma no crea impuestos ni sube tasas, y destacó los nuevos límites del RESICO. Para Miguel Ángel Yunes Márquez, quien preside Hacienda, los topes no suprimen en general ni las deducciones ni las pérdidas. La priista Cristina Ruiz cuestionó el efecto de los límites en empresas que operan con apego a la ley; ella y su compañera de bancada Carolina Viggiano presentaron votos particulares.
Si el pleno la aprueba sin cambios, el SAT quedará facultado para emitir las reglas generales con las que se aplicará el nuevo capítulo.


