Diputados da publicidad a dictamen sobre autor y marcas
El texto prevé de 4 a 10 años de prisión por divulgar obras antes de su estreno y trae el artículo 403 Bis, apodado "ley antimemes".
El Pleno de la Cámara de Diputados conoció este miércoles el dictamen de la Comisión de Justicia que reforma el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Fue el trámite de declaratoria de publicidad.
Con ese paso el texto queda a la vista de los legisladores, antes de que lo discutan y lo voten. El Pleno aún no tiene fecha para votarlo.
Su origen es la minuta que aprobó el Senado el 30 de septiembre, con 72 votos a favor y 34 en contra. Amplía los delitos de derechos de autor y propiedad industrial, incorpora el criterio de "escala comercial" y ajusta las penas.
Las penas
Estas son las sanciones más altas que fija el dictamen:
| Conducta | Prisión | Multa |
|---|---|---|
| Divulgar obras, fonogramas, videogramas o libros antes de su lanzamiento oficial en México | 4 a 10 años | 2 000 a 20 000 días multa |
| Vender objetos con marca falsificada a escala comercial en vías o lugares públicos | 2 a 6 años | 1 000 a 100 000 UMA |
| Venderlos en establecimientos, por medios electrónicos o de forma organizada o reiterada | 4 a 10 años | 2 000 a 250 000 UMA |
| Artículo 403 Bis: imitar a escala comercial la identidad gráfica o los dominios de una institución pública para engañar | 5 años | 1 000 a 10 000 UMA |
La escala comercial arranca en 170 UMA, que se calculan sobre lo que cuesta al público el producto legítimo. Si un envío no llega a ese monto, se puede sumar con otros dentro de 90 días naturales, siempre que compartan remitente, destinatario, domicilio o red de distribución.
Falsificar una marca, o vender a escala comercial objetos que la ostentan falsificada, ya no dependería de que la parte ofendida presente querella: el dictamen deroga el artículo 405 de la ley de propiedad industrial. Además, la reparación del daño tendría un piso de 40 % del precio al público de cada producto o servicio legítimo.
El dictamen también castiga eludir medidas tecnológicas de protección, fabricar o vender dispositivos para vulnerarlas y quitar o alterar la información sobre gestión de derechos.
El artículo 403 Bis
Es el punto en disputa. Legisladores del PAN y de Movimiento Ciudadano cuestionaron en el Senado su redacción amplia: el texto no deja fuera de manera explícita la sátira, la parodia ni la crítica política. Morena y el gobierno sostuvieron que no busca prohibir memes, sino impedir que se suplante a instituciones públicas para cometer fraude.
La pena de ese artículo cambió de un texto a otro: el boletín fija cinco años de prisión, y la versión del Senado hablaba de uno a cinco. El boletín no explica la diferencia.
No es la misma reforma que Diputados aprobó el 7 de octubre, que lleva el mismo apodo pero regula la responsabilidad de los proveedores de internet.
Si el Pleno aprueba el dictamen tal como está, vender mercancía con marca falsificada en un puesto o por internet dejaría de depender de que el dueño de la marca presente una querella.



