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Esquina del edificio de piedra de la Suprema Corte, con un árbol al frente, vallas metálicas y peatones cruzando la plaza.
Justicia

La Corte invalida sanciones electorales de Chihuahua por crimen

El Pleno tumbó la pérdida automática de registro, pero dejó en pie la nulidad de elecciones por delincuencia sistemática.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el martes 29 de septiembre las sanciones que la reforma electoral de Chihuahua ligaba a la intervención del crimen en las elecciones. Mantuvo, en cambio, la posibilidad de anular una elección cuando haya criminalidad "permanente o sistemática" que la afecte. Así lo reportan Expansión Política y La Razón.

El Pleno resolvió a la vez cuatro acciones de inconstitucionalidad (la 96/2026 y las 97, 99 y 103), con el proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra como base. Las presentaron legisladores locales, Morena y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos contra el paquete que el Congreso de Chihuahua aprobó en junio, como contó este medio antes de la sesión.

Lo que cayó:

  • La cancelación automática del registro de candidaturas por infracciones ligadas a violencia o crimen.
  • La sanción a un candidato por el beneficio que reciba de actos de terceros.
  • La cuota única de 2 % en regidurías que agrupaba a personas con discapacidad y de la diversidad sexual.

Según La Razón, la Corte consideró que el esquema impedía individualizar las sanciones y valorar cada infracción. Expansión atribuye al Pleno el criterio de que esas violaciones deben estar "objetivamente acreditadas y ser graves". Ninguno de los dos medios da el conteo de votos y la sentencia completa no estaba disponible al cierre de esta nota.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa disintió en el punto de proporcionalidad. Al Instante Chihuahua le atribuye el argumento de que quitar derechos de participación puede ser proporcional si está en riesgo la libertad electoral.

Morena había impugnado la reforma porque, según Latinus, no incluía la nulidad por injerencia extranjera y porque las medidas contra el crimen vulneraban la presunción de inocencia. Ese punto era uno de sus argumentos. La Corte declaró una omisión del Congreso local, que no armonizó su ley con el artículo 41 de la Constitución, y le ordenó legislar.

El proceso electoral de Chihuahua inicia el 1 de octubre, según Al Instante Chihuahua. No se obtuvo la reacción del Congreso ni del gobierno estatal, y falta confirmar desde qué elección aplicará la nueva regla sobre injerencia extranjera.

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