La SCJN anula garantes locales de transparencia en Zacatecas
La sentencia, votada por unanimidad en abril, llegó este viernes al DOF. Partidos y sindicatos rinden cuentas ante órganos federales.
El Congreso de Zacatecas no podía crear sus propios órganos garantes de transparencia para partidos políticos y sindicatos. Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte en la sentencia de la Controversia Constitucional 193/2025, que el Diario Oficial de la Federación publicó este viernes.
Los preceptos anulados son el párrafo octavo del artículo 28 y la fracción XV del 38 de la Constitución local, reformada por el Decreto 124 del 7 de junio de 2025. El Pleno votó en la sesión del 13 de abril, con nueve votos a favor y ninguno en contra. El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García fue el ponente, y las ministras Herrerías Guerra y Espinosa Betanzo se reservaron un voto concurrente.
El Ejecutivo federal promovió la controversia por medio de Ernestina Godoy Ramos, su consejera jurídica, y la dirigió a los poderes Legislativo y Ejecutivo del estado.
Tras la simplificación orgánica que la Constitución federal recibió en 2024, el INE vigila la transparencia de los partidos, y la de los sindicatos corre por cuenta de dos órganos federales: el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Los transitorios, dice la sentencia, no autorizaron a los estados a crear garantes propios.
El Pleno extendió la invalidez a la fracción IX del artículo 8 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral y a preceptos de la Ley de Transparencia estatal, que salió de un decreto del 15 de octubre de 2025.
Además del DOF, la sentencia debe aparecer en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta y en el Periódico Oficial de Zacatecas. La invalidez surte efectos cuando los resolutivos se notifiquen al Congreso local.
Hay otra controversia del Ejecutivo federal contra Zacatecas, la 272/2025, admitida en noviembre de 2025 y relacionada con el Centro de Conciliación Laboral y el Instituto Electoral locales. Su resultado no se conoce.


