
La SCJN invalida la multa por "insultar" a autoridades en Aguascalientes
El Pleno resolvió por unanimidad que la sanción, vigente en ocho municipios del estado, no definía qué conducta castigaba. En la práctica, según las propias autoridades locales, nunca se había aplicado.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el lunes 21 de septiembre la multa que los municipios de Aguascalientes capital y Jesús María imponían a quien "insultara" a una autoridad. La sentencia atendió una demanda que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos había presentado, con el número de expediente 23/2026, contra las leyes de ingresos del estado y de ocho de sus municipios para este año.
La sanción iba de 100 a 150 Unidades de Medida y Actualización, entre 11,314 y 16,971 pesos. Los ministros consideraron que la norma no decía con claridad qué actos contaban como insulto, y que eso les daba a policías y funcionarios municipales demasiada libertad para decidir, caso por caso, qué palabras, gestos o expresiones merecían sanción. La invalidación de esta multa se votó por unanimidad.
María Estela Ríos González fue la ministra ponente del caso. La invalidación de cobros por copias e información pública alcanzó, además de la capital, a otros siete municipios: Calvillo, Cosío y Pabellón de Arteaga, más Jesús María, Rincón de Romos, San José de Gracia y San Francisco de los Romo. Estas disposiciones no se votaron por unanimidad: las ministras Sara Irene Herrerías Guerra y Lenia Batres Guadarrama emitieron cada una su voto particular. A partir de la notificación, ninguna de esas autoridades podrá exigir los cobros invalidados ni condicionar a su pago la prestación de sus servicios, de acuerdo con el propio Tribunal Pleno.
La multa por insultos no se había aplicado nunca en la práctica, pese a estar vigente en la ley. El director de Justicia Cívica de Aguascalientes, Moisés de Luna Martínez, dijo a un medio local que no tenía ningún antecedente de una sanción por esa causa, y el secretario de Seguridad Pública municipal, Gonzalo Pérez Zúñiga, respondió lo mismo al ser consultado sobre remisiones a los juzgados cívicos por esa conducta. De Luna Martínez agregó que, aunque la multa no se cobraba, alrededor del 60 % de las personas detenidas por faltas administrativas llegan agresivas verbalmente contra los elementos de seguridad.
Con esto, la Corte le quita a policías y funcionarios municipales el poder de decidir por su cuenta qué expresiones hacia la autoridad se castigan, algo que otras leyes estatales todavía permiten. Los ocho ayuntamientos, además, tendrán que fijar sus cobros por copias según lo que en verdad cuesta el trámite, y no usarlos para recaudar. Sigue sin saberse si el Congreso de Aguascalientes ya trabaja en ajustar la Ley de Ingresos 2027 a lo que ordenó la Corte.
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