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Fachada de piedra de un edificio con la leyenda Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la puerta principal.
Justicia

SCJN limita el alcance de la jurisdicción indígena en Oaxaca

El Pleno resolvió, con un voto en contra, que un juez debe fijar primero la situación legal de un detenido antes de ceder el caso a las autoridades indígenas.

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Tres integrantes de la comunidad mixteca de Santiago Yucuyachi, Oaxaca, llevaron su caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que este jueves les negó el amparo por una votación de siete contra uno. Los tres fueron detenidos en enero de 2024, cuando les fue hallado un fusil AK-47 y otras armas de uso exclusivo del Ejército, de acuerdo con el medio Diálogos Oaxaca.

La mayoría del Pleno, que incluyó a las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama y al ministro Giovanni Figueroa Mejía, resolvió que un juez de control debe fijar primero si vincula o no a proceso a la persona detenida, incluso cuando el caso pudiera corresponder después a las autoridades de una comunidad indígena. Esquivel Mossa dijo que el juzgador «no puede omitir lo que ordena el artículo 29», y Batres Guadarrama sostuvo que «sí necesita haber una calificación» previa para que proceda esa jurisdicción.

El único voto en contra fue el del ministro presidente, Hugo Aguilar, quien argumentó que «hay casos que conocen las comunidades» y que esos asuntos no le corresponden al Estado. Quienes promovieron el amparo defendían justamente eso: que su caso, por tratarse de integrantes de un pueblo indígena, debía resolverse conforme a las normas de su propia comunidad y no del sistema estatal.

El criterio se fijó en el Amparo en Revisión 162/2026, y la Corte ordenó además que la sentencia se traduzca a la lengua indígena de los tres detenidos, según Infobae. Esa misma sesión, el Pleno resolvió además otro asunto distinto, el 228/2026, centrado en los plazos del Ministerio Público, que las fuentes consultadas no detallan.

No fue posible confirmar el expediente y la votación contra la lista oficial de sesiones del Pleno, porque el comunicado de la Corte sobre este caso no estuvo disponible al cierre de esta nota. Tampoco hay definido si la SCJN convertirá el criterio en jurisprudencia obligatoria o en qué engrose.

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