
TEPJF confirma sanción a Paco Navarrete por violencia política
La Sala Guadalajara votó por unanimidad el 23 de septiembre. El monero la hizo pública el 9 de octubre y habla de censura; la diputada rechaza usar su cuerpo en ataques políticos.
El 23 de septiembre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por medio de su Sala Regional Guadalajara, confirmó la sanción al caricaturista Luis Francisco "Paco" Navarrete por violencia política contra las mujeres en razón de género, según la sentencia SG-JDC-897/2026 del TEPJF. Los tres integrantes de la Sala votaron a favor: la magistrada presidenta Rebeca Barrera Amador, Irina Graciela Cervantes Bravo (ponente) y Sergio Arturo Guerrero Olvera.
Navarrete hizo pública la sentencia el 9 de octubre y la llamó "una forma de censura para la prensa", según El Universal. Afirmó que su cartón era una sátira sobre un mensaje de la legisladora y que la división de una palabra del título respondió al espacio de la edición impresa. Agregó que, con el fallo, debe aceptar que es un "violentador", cuando su trabajo es "incomodar".
La diputada local de Jalisco que presentó la queja es, según los medios consultados, Itzul Barrera, de Morena; la versión pública de la sentencia omite su nombre. A El Universal le dijo que valora la libertad de expresión y el periodismo, pero que los cuerpos de las mujeres no deben usarse en ataques políticos.
Qué resolvió el tribunal
El cartón, titulado "La diputada en su paraíso", se publicó en Mural el 5 de febrero de 2025. La legisladora presentó su denuncia el 14 de febrero en Jalisco, ante la junta local del INE. Esta se declaró incompetente y remitió el caso al instituto electoral local.
El Tribunal Electoral de Jalisco resolvió el 31 de agosto de 2026 (expediente PSE-TEJ-002/2026) imponer una amonestación pública, una disculpa pública y la inscripción de Navarrete en el Registro Nacional de Personas Sancionadas. Él impugnó el 7 de septiembre, y la Sala Regional recibió el recurso el 11.
La Sala analizó el cartón completo, con perspectiva de género, y calificó de infundados e inoperantes los agravios del caricaturista, que alegó la protección de la libertad de prensa. Concluyó que el título y la imagen, que incluye una fotografía de la diputada de antes de su cargo, "operan objetivamente" como una expresión que "denigra a una mujer" mientras ejerce sus derechos políticos.
Lo que no está confirmado
El Universal reporta que la disculpa debe ser diaria durante 15 días en redes sociales. La sentencia de la Sala Regional no menciona ese plazo y se limita a confirmar la resolución local, y habría que contrastarlo con la de Jalisco. Navarrete dice además que no le habían notificado oficialmente el fallo cuando habló; solo existe su versión. Tampoco se pudo confirmar si presentó algún recurso ante la Sala Superior del TEPJF.



